ENLACE
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/02/15/legal/1550227009_495695.html
RESUMEN
El TJUE ha manifestado que el personal temporal de larga duración es ilegal, por lo que se ha propuesto eliminar poco a poco esta clasificación de contrato.
CLAVES JURÍDICAS
RD 2720/1998, de 18 de diciembre
Artículo 4: contrato por interinidad
OPINIÓN PERSONAL
Eliminar este tipo de relación contractual, aunque la estén considerando fraudulenta, puede ser un cambio en cuanto a la entrada al mercado laboral. Al no tener las empresas una persona interina, pueden salir al mercado y abrir la contratación de otro nuevo trabajador, de manera que habría mas medios para la rotación y la consecución de trabajo.
ANTONIO EXPÓSTIO JIMÉNEZ (JS)
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
DERECHO DEL ADQUIRENTE DE BUENA FE DE LA VIVIENDA ARRENDADA A DAR POR FINALIZADO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ENLACE: http://noticias....
-
Los países de la UE acuerdan nuevas normas para los trabajadores desplazados. ENLACE: http://www.20minutos.es/noticia/3168414/0/ue-acuerdo...
-
ENLACE https://elpais.com/internacional/2018/12/06/mexico/1544056200_766603.html RESUMEN La Suprema Corte de Justicia de l...
-
http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/9103836/04/18/Justicia-elimina-la-incompatibilidad-entre-abogados-y-procuradores.html RESU...
No hay comentarios:
Publicar un comentario