Enlace: https://politica.elpais.com/politica/2017/06/05/diario_de_espana/1496686371_690963.html
RESUMEN:
En la noticia se relata el caso de discriminación de la joven marroquí Yasmina Baach, que ha tenido que soportar tanto en la educación primaria, como en la educación secundaria, así como en plena calle. También casos de discriminación laboral, como el de Sokaina (no encuentra ningún tipo de trabajo, ya que se produce una discriminación por ser ella de religión musulmana) o el de Fadoua Zarouala de 37 años, que trabajaba en un hotel de lujo en Barcelona y se quitaba el hiyab cuando estaba trabajando.
CLAVES JURÍDICO-LABORALES:
En marzo de 2017 el Tribunal Europeo publicó una sentencia en la que permitía que las empresas prohibiesen el velo islámico en el ámbito laboral.
VALORACIÓN PERSONAL:
En mi opinión no se debería de permitir que se prohibiese el uso del velo islámico en el trabajo. Esto debido a que provoca una situación de discriminación xenófoba totalmente intolerable en pleno siglo XXI. Cada trabajador debería de poder elegir los complementos de ropa en consonancia con su cultura y creencias, dándole libertad en este sentido.
Antonio Sánchez Nevado (DTB)
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