miércoles, 29 de noviembre de 2017

El TSJ Asturias avala como prueba el GPS del tablet para despedir a un trabajador que cobraba dietas y no cumplía con el horario


Resumen 
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha validado el despido de un trabajador,  sentencia emitida el día 10 de octubre, por no cumplir con el horario establecido por la empresa y, además, pasar dietas por comidas mientras lo hacía en su propia casa. El TSJ ha considerado como prueba el GPS de la tablet que la compañía había entregado a sus trabajadores para las labores de venta.

Claves jurídico-laborales 
En este caso entran en juego los deberes que tienen que realizar todos los trabajadores conforme al puesto laboral que desempeñan y el despido. En efecto, el artículo 5 del Estatuto de los Trabajadores, en su quinto párrafo, apartado a), establece que todo trabajador debe Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia; y, en relación a ello, el artículo 52, párrafo d) indica como causa de despido la ausencia del trabajador que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses, lo cual es más que evidente como se puede apreciar en este caso.
Valoración personal
Bajo mi punto de visto, me parece correcta la posición adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias dado que el empleado no realizaba el trabajo con la diligencia y la buena fe que debía, intentado engañara la empresa conforme a las dietas y no respetando el horario preestablecido.

Miguel Ángel Ortiz Herrera (DTB)

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