jueves, 30 de noviembre de 2017

Expertos en derecho laboral analizan la cuestión prejudicial interpuesta por el Supremo al TJUE por el caso De Diego Porras.


RESUMEN:
Ana Diego Porras interpuso recurso de suplicación ante el TSJ de Madrid alegando que los contratos de interinidad mediante los que fue contratada se celebraron en fraude de ley y que debe convertirse en indefinida.En consecuencia, la extinción de tal relación implica el pago de una indemnización. 
El TS ha formulado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el llamado “caso De Diego Porras” relacionados con contratos de interinidad.
En un auto solicita al TJUE que clarifique su sentencia de 14 de septiembre de 2016 sobre las consecuencias indemnizatorias de la finalización de contrato de interinidad. Se ha disparado la problemática de contratos temporales.

VALORACIÓN JURÍDICA:
En Derecho español existe una diferencia de trato en las condiciones de trabajo entre los trabajadores fijos y los trabajadores con contrato de duración determinada, en la medida en que la indemnización abonada en caso de extinción legal del contrato es de 20 días de salario por año trabajado en el caso de los primeros, mientras que se eleva a sólo 12 días de salario por año trabajado para los segundos. Esta desigualdad es aún más evidente en lo que atañe a los trabajadores con contrato de interinidad, a los que la normativa nacional no reconoce indemnización alguna cuando dicho contrato finaliza con arreglo a la normativa.

VALORACIÓN PERSONAL:
Considero que se debería de dar el mismo trato y las mismas condiciones tanto a un trabajador de tiempo indefinido como a uno de tiempo determinado o de interinidad, ya que durante el tiempo del contrato ambos están realizando las mismas funciones. Además en este caso la trabajadora cumple con los requisitos de un contrato indefinido.


María Valiente Collado DTB.

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