Resumen:
El Tribunal Supremo ha aclarado en qué circunstancias una empresa puede obligar
a sus empleados a someterse al reconocimiento médico. Un trámite que según la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales, requiere su previo consentimiento.
Según una sentencia, la
intimidad del trabajador cede en algunos casos a un "interés
preponderante", como es la integridad física o la salud de otros empleados
o de terceras personas. En el litigio se estudia la demanda planteada por los
sindicatos contra la obligación de someterse a un reconocimiento periódico
impuesta por una empresa de seguridad a sus vigilantes.
El principio de la
voluntariedad de los reconocimientos médicos, “no implica un derecho absoluto a
mantener un estado de opacidad de las condiciones de salud del individuo",
asevera la sentencia. Así, concluye la resolución, es necesario conocer el
estado de salud de encargado de dichas funciones para conjurar el riesgo que
supone destinar a una persona sin los requerimientos psicofísicos necesarios.
Claves jurídicas:
- -Tribunal Supremo.
- - Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
- - Sentencia.
Valoración personal:
Cuando hablamos del derecho a la intimidad o privacidad, nos encontramos con
otro ejemplo similar que es la convivencia entre seguridad y libertad. Todos
éstos conceptos en ningún caso, tienen el criterio de valores absolutos, es
decir, ni la libertad, ni la seguridad, ni la privacidad o la confidencialidad
deben de tener sus limitaciones, máxime cuando se implica a terceras personas
que pueden verse afectadas y perjudicadas por éstos conceptos. Por lógica en el
ámbito laboral, se entiende que deben de prevalecer los criterios de salud y
seguridad colectiva frente al derecho individual de la confidencialidad. Por
citar un ejemplo: si un trabajador es portador de un determinado virus, de carácter
contagioso, la empresa ha de tener conocimiento para ubicarlo en un puesto en
el que no implique posibilidad de contagio u optar por una baja laboral hasta
su curación definitiva para no implicar riesgos sobre el conjunto del resto de
los trabajadores.
Milagros
Romero Navarro (JS)
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