En esta sentencia se pueden observar dos cosas, una el despido y otra las
malas condiciones de trabajo.
Por la parte relacionada con el despido creo que la acusada debía haber
acreditado su documentación necesaria para que constara que la baja era válida
y correctamente realizada según la ley.
Ya que así se evita que le pongan la demanda que le ha puesto si lo que
asegura es verdad claro está, además de que no puede ejercer si está llevando a
cabo una situación de despido, ni
interrumpir el trabajo de sus compañeros a los cuales le debe proporcionar
información necesaria de los alumnos a los cuales ha dejado a su cargo.
Por la parte relacionada con las malas condiciones de trabajo pienso que
tanto como la empleada afectada como las testigos que son compañeras/os
del centro o chicas/os de prácticas que
han podido ver y vivir esas malas condiciones todos ellos deberían haber puesto
una queja, denuncia o haber manifestado esas condiciones antes de dar lugar a
que lleven a la afectada al juicio.
Porque en la actualidad creo que disponemos de un Estatuto de los
Trabajadores bastante eficaz en el que se presentan de forma muy bien detallada y explicada ambos casos sucedidos en esta sentencia.
Para así evitar el mal entendido o la falsedad de la baja presentada por
la acusada y de las malas condiciones en el que la jefa del centro hace
trabajar a sus empleadas, ya que yo creo que hoy en día lugares de trabajo en
condiciones de penumbra no deberían existir. Teniendo en cuenta que al ser
profesoras esas mismas malas condiciones podrían estar sufriendo los mismos
alumnos del centro. Aunque no sabemos aún cuál de las dos partes son la que
lleva razón pero tratando el tema en general opino lo anteriormente dicho, y
creo que ambas partes han incumplido una de las normas del ET tanto la
directora cono la profesora.
Cristina González Cantón (JS)
Hola Cristina
ResponderEliminarPues la sentencia se publicó el resultado en prensa, y en el registro de sentencias cendoj
no había malas condiciones en el puesto de trabajo , a veces la calefacción le costaba arrancar y se solucionaba con radiadores eléctricos pero era un problema del lugar alquilado , como aseguraron todos los testigos de la acusada, trabajadores también, de hecho la.hija de Carme Parra acudía al centro con lo que jamás hubo malas condiciones de frío para los menores
En el mismo centro trabajaban 3 profesoras más que llevaban allí a sus hijos de meses, 1 y 3 años Con lo que nadie llevaría a un lugar que no está en perfectas condiciones
Es un colegio Montessori en el que los padres entran al aula a diario, participan de las dinámicas recogen a sus. Hijos dentro...
no hubo acoso hacia la denunciante Siara Jacobs, se probó que la chica que había denunciado a Carme Parra , Siara Jacobs se comía la comida de.los bebés que cuidaba en su clase ... Y los bebés a la hora de salir del centro tenían un hambre voraz...
Eso resultó en quejas de los padres al centro y cuando la acusada y la jefa de estudios llamó a la trabajadora a ver si era cierto lo que decían los padres y su compañera de aula, ésta se cogió la baja y denunció a la presidenta de la asociación con todos esos argumentos, además de difamar sobre el centro
Quedó absuelta de todo la presidenta de la asociación , pero la prensa publicó todo con sus nombres y apellidos
Es legal este incumplimiento del derecho al honor sobre la presidenta Carme Parra? Siendo una persona anònima?
Gracias
La profesora despedida Siara J. se comía la comida de los niños de su aula, los niños traían cada día en tuppers tortilla de patata, macarrones... Con raciones grandes.... Y los tuppers volvían vacíos y ellos salían con hambre... Otra profesora del aula confirmó lo que los padres suponían que la profesora se comía la comida de sus hijos y les dejaba porciones pequeñas... Esa profesora despedida Siara J. además estuvo a punto de llegar a las manos con varios padres
ResponderEliminarNuestra familia fue una de las afectadas
Cuando le llamaron la atención desde la asociación es cuando denunció por acoso....