martes, 24 de abril de 2018

El Supremo establece los criterios para realizar las notificaciones vía Lexnet a los abogados




La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que marca criterios para realizar las notificaciones vía LexNET a los abogados que fijen un domicilio a efectos de notificaciones de acuerdo al artículo 221.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
La Sala estima el incidente de nulidad de actuaciones planteado por una abogada que designó a efectos de notificaciones el domicilio de una procuradora en Madrid, pero sin embargo el tribunal le notificó directamente a ella vía LexNET.
El Supremo estima que en el caso hipotético de designar el domicilio de un particular, no es válida tal designación. Pero si designa a efectos de notificaciones el despacho de otro letrado o el de un procurador, las notificaciones LexNET efectuadas sólo podrían considerarse válidas de haberse efectuado por el Tribunal en el despacho designado



Mª Del Pilar Gámez Romero (JS)

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