martes, 24 de abril de 2018

Un fallo separa discapacidad de enfermedad en el despido

http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/9081359/04/18/Un-fallo-separa-discapacidad-de-enfermedad-en-el-despido.html


El Tribunal Supremo aclara en una sentencia la distinción entre discapacidad y enfermedad a la hora de calificar un despido. De este modo, rechaza que una enfermedad, con un periodo de incapacidad temporal, pueda ser calificada como una discapacidad para procesar el despido como nulo.
El Tribunal estudió un asunto de despido de trabajadora en situación de incapacidad temporal acordado como disciplinario por la empresa.
Antes de finalizar el periodo de incapacidad temporal, se le comunicó el despido disciplinario alegando un rendimiento laboral inferior al pactado dado que estuvo de alta en la empresa 453 días de los cuales solo prestó servicios en forma efectiva durante 164 días.
El juzgado de instancia y el Tribunal Superior de Justicia concluyeron la nulidad, al considerar que el despido por enfermedad asimilada a discapacidad es discriminatorio y, por lo tanto, nulo.
 


Mª Del Pilar Gámez Romero (JS)

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