No es
accidente in itinere el sufrido en el porche de la vivienda a la hora de ir al
trabajo
RESUMEN
El
trabajador demandante, que solía acudir a su centro de trabajo en coche,
saliendo de la puerta de su casa, resbaló en el porche, cayendo sobre su hombro
e iniciando una situación de incapacidad temporal que el INSS declara como
contingencia común.
La sentencia 200/2018 de 22 de febrero, rec. 1647/2016, de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo pone el acento en que el accidente se produce cuando el trabajador aún no ha abandonado su domicilio porque al suceder en el porche, debe entenderse que no ha abandonado la vivienda habitual, al estar conformada la propiedad por la vivienda y el jardín, siendo consustancial éste a la vivienda. Y por este motivo, confirma la declaración de contingencia común del accidente.
La sentencia 200/2018 de 22 de febrero, rec. 1647/2016, de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo pone el acento en que el accidente se produce cuando el trabajador aún no ha abandonado su domicilio porque al suceder en el porche, debe entenderse que no ha abandonado la vivienda habitual, al estar conformada la propiedad por la vivienda y el jardín, siendo consustancial éste a la vivienda. Y por este motivo, confirma la declaración de contingencia común del accidente.
CLAVES
JURÍDICAS
In itinere
Sentencia
200/2018 de 22 de febrero, rec. 1647/2016
Sala de los
social
Tribunal
supremo
INSS (Instituto
nacional de la seguridad social)
OPINIÓN
PERSONAL
Este es un
caso muy particular que habría que analizar con coherencia, por domicilio
entendemos lo que comúnmente se denomina vivienda, por lo tanto el trabajador
ya había abandonado su casa y había iniciado su viaje hacia el trabajo. Pero el
accidente se produce antes de llegar a su vehículo ya que la vivienda se
compone por casa y jardín.
En
definitiva, en el caso, aun no se había iniciado el trayecto al trabajo cuando
el accidente acontece en el porche de la vivienda compuesta por casa y jardín y
antes de coger el coche, por lo que no puede entenderse que se está en
presencia de un accidente de trabajo in itinere, porque no es lo mismo caer
mientras se sale de la vivienda, que hacerlo cuando ya se ha llegado al
vehículo.
PAQUI
GONZÁLEZ CRUZ (JS)
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