lunes, 9 de abril de 2018

Cómo traspasar un negocio en 8 pasos


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Resumen de la noticia:

El despacho Hedilla Abogados propone seguir ocho sencillos pasos para hacer más fácil el traspaso de un negocio: 1.Valoración del negocio: Se tiene en cuenta las posibilidades que ofrece el establecimiento para generar beneficios en el futuro, su valor histórico, permisos y licencias, ubicación... etc. 2. Firma del contrato de mediación: Este acuerdo garantiza que la empresa traspasadora cuenta con la aprobación del traspasador para poder traspasar su empresa. 3. Búsqueda de comprador: Es interesante que el asesor profesional disponga de una base de datos con potenciales compradores, para agilizar el tiempo de espera. 4.Inicio de la negociación entre traspasador y comprador/inversor: Ambas partes quieren los mayores beneficios para sí, por lo que es uno de los momentos más delicados. 5.Señalización: Se hace entrega de una señal del 10% del importe del valor del negocio para la compra. 6.Tramitación de certificados: Se debe asegurar que el vendedor está al corriente de pagos en la Seguridad Social, con Hacienda, etc. 7.Firma del contrato de compraventa definitivo: En él quedan registradas las condiciones de la transacción y se entrega a las partes contratantes. 8.Trámites ante los organismos responsables: En un estanco se llevan a cabo ante el Comisionado, en las Administraciones de Lotería ante la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), etc.
Al terminar este proceso, se debe actualizar la licencia de actividad en el Impuesto de Actividades Económicas y la de apertura. Además, cabe destacar que la operación está exenta de IVA.

Claves jurídicas.

El traspaso local de negocio, según la fecha del contrato de arrendamiento, está regulado, o bien por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 (Decreto 4104/1964), o por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 (Ley 29/1994). Es decir, si el contrato de arrendamiento del local que se quiere traspasar, es anterior al 1 de ENERO de 1995 (fecha de entrada de la LAU 29/1994), se le aplicará las normas previstas en la Ley de Arrendamientos de 1964. Si en cambio, es posterior a dicha norma, se tendrá en cuenta la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994.
En la vigente LAU de 29/1994, el término “TRASPASO DE LOCAL “ ha sido sustituido por el de “CESIÓN DE LOCAL“, y está regulado en el artículo 32.

Valoración personal:

La noticia pone como ejemplo a Hedilla Abogados que cuenta con una base de más de 1.200 compradores con intención de invertir en este tipo de negocios. En mi opinión, la decisión de emprender, es complicada y tienes que estar muy activo y moverte para encontrar ofertas, por eso mismo hay que estar muy atentos y aprovechar las ocasiones que se van ofreciendo. El traspaso puede ser una una solución muy fácil, pero es una decisión que supone una serie de complicaciones y pasos muy concretos que hay que estudiar y conocer antes de nada, y sobre todo, tener en cuenta que al terminar este proceso, exento de IVA, se debe actualizar la licencia de actividad en el IAE. Hay que fomentar el emprendimiento, los traspasos de empresas, y también la compra en pymes, no siempre en las grandes empresas, porque las pequeñas están decayendo poco a poco. Con lo cual me ha parecido esta noticia muy interesante porque en estos 8 pasos se ve muy claro el procedimiento que hay que llevar a cabo para conseguir el objetivo de montar el negocio que uno desea.

Laura López Medina (DE)

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