miércoles, 30 de mayo de 2018

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia condena a la Televisión de Galicia por vulnerar el derecho a la huelga feminista del 8M




Fecha: 22/05/2018
En una sentencia dictada el pasado 26 de abril, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia constata que la presentadora habitual del informativo decidió acogerse a su derecho a la huelga feminista durante toda la jornada laboral por lo que no acudió a su puesto de trabajo siendo sustituida por el propio editor del programa que, en situaciones ordinarias, no tiene asignada tal función
El fallo judicial recuerda que «la prohibición de la sustitución interna de los trabajadores es consecuente con la necesidad de garantizar la efectividad del derecho fundamental en juego» y que cuando las funciones propias de los trabajadores que deciden secundar la huelga son realizadas por otros trabajadores de la misma empresa que, normalmente desempeñan otras funciones, se entiende lesionado dicho derecho.



Mª Del Pilar Gámez Romero (JS)

No hay comentarios:

Publicar un comentario

DERECHO DEL ADQUIRENTE DE BUENA FE DE LA VIVIENDA ARRENDADA A DAR POR FINALIZADO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ENLACE: http://noticias....