sábado, 11 de mayo de 2019

Es posible prorratear el pago de la indemnización por cese a lo largo del contrato.

Resumen de la noticia.

Estamos ante una extinción de contrato temporal de un corredor de un equipo ciclista. El contrato tenia una clausula en la que se especifica que el trabajador tiene derecho a percibir 170.000 euros en concepto de salario y otro tipo de retribución, particularmente la indemnización por fin de contrato.

Ya que no existe norma alguna que prohíba el prorrateo mensual de la indemnización por el fin del contrato. El prorrateo de la indemnización por fin de contrato, siempre que sea a cuenta de lo que finalmente pueda corresponder al trabajador, es válido, resultando tal forma de abono favorable a sus intereses, puesto que le asegura la percepción de la indemnización de manera anticipada a la finalización de su contrato temporal.

En el caso analizado, el pago prorrateado y anticipado de la indemnización por fin de contrato se pactó en el acuerdo y se incluyó en los recibos de las nóminas.

Claves Jurídicas.

STSJ de Navarra, Sala de lo Social, de 20 de diciembre de 2018, rec. núm. 382/2018.



Opinión personal.

Estoy de acuerdo en que se pueda prorratear la indemnización al trabajador al acabar el contrato, siempre y cuando esto se demuestre de alguna forma, y no perjudique al trabajador. En este caso en concreto estoy mas de acuerdo ya que es una cantidad bastante grande.

Enlace a la noticia.

Informa Miguel Vílchez Moral. (JS).


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