martes, 30 de abril de 2019


ABOGADO  SUSPENDIDO DE EJERCICIO UN MES POR DIVULGAR EN JUICIO COMUNICACIONES MANTENIDAS CON EL LETRADO CONTRARIO

ENLACE:

RESUMEN:
Letrado infringe su deber de confidencialidad respecto a las negociaciones y comunicaciones entre abogados, evidente infracción de normas y/o deontológicas en concreto, el artículo 5.3 del Código Deontológico de la Abogacía Española.
El Tribunal Supremo de Justicia asturiano estima el recurso interpuesto por el Consejo General de la Abogacía Española y confirma como sanción la lesión por confidencialidad, ya que a espaldas del abogado contrario se revela la estrategia de cada abogado, con tono insistente yendo incluso mas allá de la fría y formal reclamación.
La Sala puntualiza  que el que la conducta no haya generado perjuicios a la abogada denunciante y que el abogado infractor carezca de antecedentes disciplinarios moderan la consecuencia sancionadora pero no la gravedad de la infracción.

 CLAVES JURÍDICAS:

OPINIÓN PERSONAL:
Estoy totalmente de acuerdo con lo estimado por el Tribunal Superior de Justicia asturiano y la respectiva confirmación de la sanción impuesta por lesión de confidencialidad, ya que es evidente que al revelar la estrategia de cada abogado, destacando que no fue en una ocasión sino en varias, se infringe lo establecido en la ley.
A su vez puntualizando como estimación que el carecer de antecedentes modere la consecuencia sancionadora pero por el contrario no la gravedad de la infracción.

Natalia Ogallar Expósito (JS)

No hay comentarios:

Publicar un comentario

DERECHO DEL ADQUIRENTE DE BUENA FE DE LA VIVIENDA ARRENDADA A DAR POR FINALIZADO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ENLACE: http://noticias....