RESUMEN
La sentencia trata sobre un
accidente que tuvo una trabajadora cuando iba a trabajar mientras dejó a su
hijo en casa de sus padres. El TSJ del País Vasco dicta que, aunque se desviara
del camino para su trabajo era una necesidad ya que este desvío era necesario
para la conciliación familiar. Por lo que las lesiones por las que ocasionaron
su baja fueron calificadas como accidente de trabajo.
CLAVES JURÍDICAS
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Sentencia
112/2019, de 15 de enero del TSJ País Vasco
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Sentencia
1766/2012, de 26 marzo del TSJ Galicia
OPINIÓN PERSONAL
En mi opinión, tras leer esta
noticia he de decir que me ha parecido de los más curioso por su dificultad a
la hora de clasificar la baja como un accidente de trabajo in itinere, o no.
Pienso que tal y como ha establecido el Tribunal Superior de Justicia del País
Vasco, en su sentencia, la trabajadora se desvió de su ruta habitual por una situación
de conciliación familiar, por lo cual, estamos ante la certeza de que ha sido
un accidente in itenere.
María León Ruiz (JS)
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