EL TS CONFIRMA EL DERECHO DE LOS CONTRATADOS TEMPORALES DE LA ADMINISTRACIÓN DE ASTURIAS A COBRAR COMPLEMENTO CARRERA COMO LOS FIJOS.
RESUMEN: La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado el derecho de los trabajadores con contratos temporales que prestan servicio en la Administración del Principado de Asturias a acceder a la carrera profesional y percibir el complemento de dicha carrera en los mismos términos y condiciones en que lo hace el personal laboral fijo.
CLAVES JURÍDICAS: La sentencia, STS 178/2019 de 6 de marzo, Rec. 8/2018. La sentencia, de 13 de octubre de 2017, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Ley 3/1985, de 26 de diciembre del Principado de Asturias.
OPINIÓN: No hay razones objetivas que justifiquen la exclusión de los trabajadores temporales del sistema de carrera profesional horizontal en los mismos términos que se aplica a los trabajadores fijos. Cada caso con sus respectivas características, pero igualando en la medida de lo posible a percibir complementos.
(JURISDICCIÓN SOCIAL)
VICTORIA RUS MARÍN.
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