miércoles, 10 de abril de 2019

¿Se puede despedir a un empleado por llegar tarde al trabajo?

La puntualidad es un deber exigible por las empresas dentro de la relación contractual con el trabajador


Resumen: 

A pesar de que pueda parecer que llegar tarde al trabajo no tiene consecuencias, lo cierto es que la puntualidad es un deber exigible por las empresas dentro de la relación contractual con el empleado. En concreto, el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores (ET) fija que el contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario mediante despido por un “incumplimiento grave y culpable del trabajador como las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo”, así como la indisciplina o desobediencia.

Obviar este derecho de las entidades ha llevado a muchos trabajadores confiados a perder su empleo por razones que la jurisprudencia ha ido determinando en cada caso, por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía, en una sentencia de marzo de 2018, declaró procedente el despido disciplinario de una trabajadora a la que la empresa sancionó con amonestación escrita por falta muy grave durante tres meses en los que acumulaba retrasos. En total, llegó hasta su despido a 14 faltas de puntualidad en los últimos cinco meses, cifra que alcanzó en total los 31 retrasos en los últimos 10 meses.

En definitiva, varias veces los Tribunales han acreditado que no eran casos “aislados o esporádicos”, si no que se configuran como faltas “absoluta y totalmente reiteradas a lo largo de toda la vinculación laboral”, producidos a pesar de los específicos intentos de la empresa para localizar al trabajador o trabajadora. 

Claves jurídicas:
Artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores (ET), Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía, faltas de puntualidad, relación contractual

Opinión personal: 

Estoy completamente de acuerdo con el poder que tienen las empresas de exigir un mínimo de responsabilidad por parte del trabajador, ya que el hecho de que se firme un contrato no significa que este obtenga la inmunidad de no ser despedido, llegando a confiarse tanto que al final hacen de las faltas y los retrasos al trabajo un hábito al que es muy difícil ponerle solución, por ello considero que a pesar de ser avisados piensan que jamás les va a pasar a ellos.



Ana Isabel Entrena Arjona (JS) 

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