domingo, 21 de abril de 2019

AN. La empresa no puede cambiar unilateralmente el obsequio de Navidad por la donación de su importe a una ONG

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Resumen : Los trabajadores reclaman el derecho a recibir el obsequio de navidad que desde 2002 hasta 2017 ha sido entregado por parte de la empresa. En 2018 de manera unilateral , la empresa decide el valor de su importe donarlo a varias ONG.

Claves Jurídicas :
- LRJS : 97,2  , 85,6 , 9  , 5  ,  97  , 81.1  , y 2 g)
- Art 10 : condiciones más beneficiosas. 

Opinión personal : está claro que la empresa desde 2002 hasta 2017 ha realizado la entrega de obsequio a los trabajadores de forma voluntaria y se ha mantenido en el tiempo de manera prolongada , por lo tanto se ha consolidado. Por consiguiente , estoy de acuerdo con la sentencia , ya que la empresa no ha respetado la condición más beneficiosa  de los trabajadores.

Pedro José Valdearcos Alcalá ( JS )

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