jueves, 8 de febrero de 2018

¿Contratar a un familiar?

Enlace de la Noticia

Resumen:
La nueva ley de autónomos aprobada el pasado mes de octubre por el gobierno va a permitir que los autónomos puedan realizar contratos indefinidos tanto a tiempo parcial como completo a familiares directos siempre que se cumpla con una serie de requisitos que se encuentran recogidos en la guía de contratos, publicada por el SEPE.
Se trata una medida novedosa para el mercado laboral de los autónomos. El empleador además de generar empleo también puede beneficiarse de una bonificación del 100% en el pago de la cuota por contingencias comunes. Esta ayuda se prolongara durante los primeros 12 meses de contrato.

Claves jurídico laborales en cuestión:
El ámbito de los trabajadores autónomos se encuentra actualmente regulado en la ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. Esta ley entró en vigor el 12 de octubre de 2007 y actualizada a fecha de 25 de octubre de 2017

Valoración personal:
Considero que se trata una medida novedosa y beneficiosa para los trabajadores autónomos ya que se les concede la posibilidad de poder contratar a cónyuges, ascendentes, descendientes y otros parientes hasta 2º grado de consanguinidad, pero un inconveniente que le veo a esta medida es que con el paso del tiempo la empresa creada por el trabajador autónomo se convertirán de ámbito familiar cerrando puertas al resto de trabajadores.


Andrés Torralba Jumilla (DE)


1 comentario:

  1. Me parece una noticia muy interesante, en mi opinión, esta medida o reforma puede facilitar la situación a los autónomos y así evitar que los familiares (los estipulados por ley) tengan que ser autónomos colaboradores en esta situación. De esta manera pueden ser empleados al uso.

    Por otra parte también creo que esto va a fomentar, a la hora de ampliar la empresa, que se tenga en cuenta a los familiares, y probablemente estos primaran ante cualquier otro posible trabajador.


    Judit González Gutiérrez (DE)

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