miércoles, 12 de diciembre de 2018

Falsos autónomos de Cepsa: un colchón en el almacén y 14 horas de jornada laboral


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https://www.elconfidencial.com/empresas/2018-12-11/cepsa-falsos-autonomos-gasolineras_1692526/

RESUMEN 


Una sentencia confirma que la empresa contrata como autónomos a trabajadores a los que impone horarios y precios de venta

El l Grupo Cepsa contrata como comerciales para el suministro de carburantes en más de 1.500 gasolineras que el grupo empresarial tiene distribuidas a lo largo y ancho de la Península a falsos autónomos. Utiliza para ello a la empresa Cedipsa (Compañía Española Distribuidora de Petróleos SA).
Cedipsa es la que ordena abrir a determinadas horas, decide qué productos vender, los precios y hasta la forma de colocar las etiquetas. Nada pasa por válido si no tiene la aprobación de la empresa.
Dinámicos, innovadores y entusiastas. Esas son las virtudes que Cepsa busca en sus nuevos fichajes. Al entrar en la página web, la sección “Impúlsate con nosotros” aparece plagada de frases prometedoras sobre lo que implica trabajar con ellos.
Desde la plataforma Unión de Autónomos Uatae, que trabaja con este tipo de denuncias todos los días, calculan que en España hay más de 225.000 trabajadores en situación de falsos autónomos. Gran parte de este problema lo achacan a una raíz de "estado de excepción" para las empresas “que han practicado el fraude ante la ausencia de impedimentos legales”.
En el sindicato de Cedipsa calculan que se han registrado en cinco años un total de 200 trabajadores bajo esta categoría. “No solo hablan estos números, también el hecho de que los centros de gestión directa cayeron un 6% en tan solo un año”, explica su secretario general, Manuel Conde.
El contrato que se utiliza, figura como un contrato de "prestación de servicios". En él, Cedipsa se refiere a sus comerciales como empresarios y no como unos empleados. Desde Uatae aseguran que revestir los textos “de un vocabulario que desvincula la relación laboral entre trabajador y empresa” también es algo muy frecuente en estos casos.
 
COMENTARIO


Cualquier trabajo para cuya realización se sigan los criterios organizativos de un tercero se trata de un trabajo por cuenta ajena y nunca podríamos hablar de trabajador autónomo.
Es muy frecuente la utilización del contrato de prestación de servicios para enmascarar una relación laboral entre trabajador y empresa.
Considero que todavía se necesitan más leyes, además de una fuerte denuncia social para acabar con estas formulas que conllevan una cierta explotación de trabajadores y que aprovechan una época de crisis económica en la que es difícil encontrar trabajo.  

JUAN MIGUEL GALÁN CANO (AYTA)

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