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Resumen:
El sindicato CCOO interpuso una demanda ante la empresa "Amazon" por incumplimiento del Convenio Sectorial de Logística de Madrid, pues debería de haberse dado la conversión de más de la mitad de los contratos temporales a través de Empresas de Trabajo Temporal en contratos fijos. También alega que, al tratarse de puestos de trabajos estructurales, deberían realizarse por contratación indefinida.
Así, la Inspección de Trabajo lo ha reconocido y ha acreditado que la empresa de comercio online abusa de la contratación temporal de sus trabajadores en el centro logístico de San Fernando de Henares, incumpliendo el Convenio anterior, pues cuenta con más de un 25 % de plantilla con contratos laborales.
La empresa "Amazon", por otra parte, lo justifica alegando que no los contrata de forma directa, sino a través de empresas de trabajo temporal (ETT) y que ha invertido millones de euros en crear empleos permanentes desde 2011. A su vez, defiende que las conversiones de contrataciones temporales a tiempo completo en el centro logístico en San Fernando de Henares han ido ascendiendo gradualmente.
Claves jurídicas:
Conforme al artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores, "la contratación de trabajadores para cederlos temporalmente a otra empresa solo podrá efectuarse a través de empresas de trabajo temporal debidamente autorizadas en los términos que legalmente se establezcan", y así ocurre en "Amazon".
El artículo 15 ET confirma la celebración de contratos de duración determinada siempre que exista una causa de temporalidad concreta y específica. Sin embargo, muchos empresarios se decantan por la contratación de duración determinada de trabajadores por la reducción del coste que supone la extinción de la relación laboral.
Se reconoce la posibilidad de devenir indefinido aquel contrato de trabajo temporal celebrado en fraude de ley, como ocurre en esta noticia.
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