lunes, 10 de diciembre de 2018

LA AUDIENCIA NACIONAL DECLARA LA NULIDAD DEL SINDICATO "OTRAS"



Enlace :


Resumen:

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha declarado la nulidad de los Estatutos del Sindicato Organización de Trabajadoras Sexuales (OTRAS), ya que no es admisible que en su ámbito funcional se incluyan actividades ilícitas, como puede ser la prostitución por cuenta ajena.

Algunas Comisiones y Plataformas, junto con el Ministerio Fiscal, aludían a su nulidad debido a que se trataba de un acto fraudulento, reconociendo el ejercicio de la prostitución ejercida por cuenta ajean, lo que implicaba, además, reconocer el proxenetismo, tipificado en el Código Penal español. Del lado contrario, las representantes del sindicato "OTRAS" defendían que el ámbito funcional no ceñía solo a esa actividad, sino que se incluían las "actividades relacionadas con el trabajo sexual en todas sus vertientes".

El Tribunal hizo caso omiso a esta última postura y declaró nula la inscripción, pues no resulta posible la celebración de un contrato cuyo objeto sea la prostitución por cuenta ajena debido a su ilegalidad en España.

Claves jurídicas:

Para inscribir un sindicato es necesario cumplir unos requisitos y, entre ellos, encontramos el ámbito funcional de actuación. Cuando acudieron a inscribirse, deberían haber concretado mejor cuáles eran las actividades a las que se dedicaban sus representadas. El proxenetismo está prohibido en España, y era una de las actividades que recogía, por lo que los Tribunales debían de anularlo. Si solo se hubiera referido a actividades legales sí podría haber sido reconocido el sindicato.

Irene Beltrán Gutiérrez, DTB.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

DERECHO DEL ADQUIRENTE DE BUENA FE DE LA VIVIENDA ARRENDADA A DAR POR FINALIZADO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ENLACE: http://noticias....