http://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/12733-segun-la-justicia-europea-las-mujeres-embarazadas-pueden-ser-despedidas-en-un-ere/
RESUMEN
- Las trabajadoras embarazadas pueden ser despedidas con motivo de un despido colectivo. Así lo ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia dictada este jueves 22 de febrero, en el que resuelve el caso de una trabajadora de Bankia que fue despedida en un ERE mientras se encontraba encinta.
- El TJUE ha fallado a favor de la entidad bancaria española, y subraya la obligación del empresario de comunicar a la empleada embarazada los motivos que justifican su cese y los criterios objetivos seguidos para seleccionar los trabajadores afectados por el despido.
FUNDAMENTO JURÍDICO
La mujer presentó una demanda ante el Juzgado de lo Social n.º 1 de Mataró (Barcelona), y al pronunciarse éste a favor de Bankia, decidió llevar el caso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Este último ha elevado varias cuestiones al Tribunal de Justicia de la UE para que interprete la prohibición de despedir a las trabajadoras embarazadas establecida en la Directiva 92/85/CEE sobre la seguridad y la salud de la trabajadora embarazada, en el marco de un procedimiento de despido colectivo en el sentido de la Directiva 98/59/CE sobre despidos colectivos.
- De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Directiva 92/85/CEE, se prohíbe el despido de las trabajadoras durante el período comprendido entre el comienzo de su embarazo y el final del permiso de maternidad, “salvo en los casos excepcionales no inherentes a su estado admitidos por las legislaciones o prácticas nacionales”.
OPINIÓN PERSONAL
Como conclusión pienso que las mujeres embarazadas, no deben ser despedidas, pues es un derecho que todas las personas disponemos.
CRISTINA PARRAS DELGADO (DTB)
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