martes, 5 de marzo de 2019

Administración penitenciaria designada para pagar la sanidad pública a los presos


Enlace: http://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/13740-el-supremo-fija-que-corresponde-a-administracion-penitenciaria-y-no-a-la-sanitaria-pagar-sanidad-publica-a-presos/


Resumen: 

El Tribunal Supremo fija que es la Administración penitenciaria, y no la sanitaria, la que debe hacer frente a los costes de la prestación sanitaria en los hospitales públicos de las comunidades autónomas a internos en centros penitenciarios que tienen la condición de asegurados, afiliados o beneficiarios de la Seguridad Social. Se indican que la jurisdicción contencioso-administrativa es la que tiene atribuida la potestad de juzgar el asunto. 
El Supremo confirma la sentencia del TSJ de Madrid donde corresponde a la administración penitenciaria la asunción de tales costes, con independencia de que el interno en los centros penitenciarios que recibe la asistencia sea o no beneficiario, afiliado o asegurado a la Seguridad Social. 


Claves jurídicas: 

-La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo 
- afiliados o beneficiarios de la Seguridad Social 
-Administración penitenciaria 
- recurso del Servicio Andaluz de Salud 



Valoración personal: 

En mi opinión tras leer la anterior noticia, se puede observar que existe un debate entre la administración sanitaria y la administración penitenciaria a la hora de hacerse cargo de los costes sanitarios de los presidiarios, y es que, si no existe un convenio regulado por ambas administraciones. 

En este caso, estaría de acuerdo con lo que dicta el TSJ, independientemente de que la persona sea beneficiario, afiliado o no la Seguridad Social, pues tienen el mismo derecho que otras personas a percibir ese derecho de protección en el ámbito sanitario, por lo que es correcto en mi valoración lo que se está haciendo de que sea la Administración penitenciaria la que se encargue de ello. 


                 Marina García Martínez (JS)

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