domingo, 31 de marzo de 2019

El TSJA deniega la ejección de la sentencia del "fraude de ley" en el caso de los eventuales de Lipasam

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Resumen
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha denegado la "ejecución definitiva" de la sentencia que detecta un "fraude de ley" en el conflicto de las contrataciones intermitentes promovidas entre 2013 y 2016 por la sociedad Limpieza Pública y Protección Ambiental (Lipasam), perteneciente al Ayuntamiento de Sevilla, para sus campañas de Navidad o Semana Santa, al haber recurrido la empresa dicha resolución ante el Tribunal Supremo.

Claves Jurídicas
TSJA
Despido improcedente
Servicio Andaluz de Empleo (SAE)
Trabajadores indefinidos no fijos por tiempo discontinuo

Opinión personal
Estoy de acuerdo con la resolución de la sentencia, puesto que, el contrato de trabajo que tenían estos trabajadores tenia la consideración de indefinido. al no ser vueltos a llamar para trabajar en los periodos que se establecieron, la empresa esta infringiendo el contrato, aunque ahora se cubran los puestos vacantes a través de las bolsas de empleo, cuando se firmaron los contratos con estos trabajadores se estableció el anterior tipo de contrato. 

Lucía Simón Segura (JS)

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