https://www.europapress.es/economia/finanzas-00340/noticia-constitucional-anula-decision-juez-no-entrar-conocer-abusividad-clausula-bancaria-20190311160246.html
RESUMEN: El pleno del tribunal constitucional ha estimado un recurso de amparo al considerar que ha sido vulnerado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de la recurrente al no haber atentado ni planteado cuestión prejudicial, y declara nula la decisión por la que se admitió el incidente de nulidad de actuaciones en el que denunciaba la abusividad de la cláusula de vencimiento anticipado incluida en su contrato de préstamo hipotecario.
Una entidad bancaria presento una demanda de ejecución hipotecaria contra la demandante como deudora hipotecaria en relación con el préstamo solicitado para la adquisición de su vivienda habitual. El juzgado despachó la ejecución y requirió de pago a los deudores. La recurrente planteó un incidente de nulidad de actuaciones y denunció por abusiva la cláusula de vencimiento anticipado incluida en su contrato de préstamo. El juez inadmitió tal incidente, entre otros motivos porque era indebido.
El órgano judicial ordena "retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior al pronunciamiento de la citada resolución para que el órgano judicial dicte una nueva respetuosa con el derecho fundamental vulnerado"
OPINIÓN: Las cláusulas cuyo eventual carácter abusivo no haya sido aún examinado en un anterior control judicial del contrato controvertido concluido con la adopción de una resolución con fuerza de cosa juzgada, deben ser conocidas por el juez nacional, bien a instancia de parte o de oficio.
JURISDICCIÓN SOCIAL.
VICTORIA RUS MARIN.
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