sábado, 30 de marzo de 2019

AN. Repartidores de pizza. Son nulos los sistemas implantados unilateralmente por la empresa que permiten la geolocalización del trabajador a través del smartphone aportado por este.


Resumen


En Telepizza se ha establecido el Proyecto Tracker, en virtud del cual los repartidores son geolocalizados cuando realicen tareas de reparto mediante una app descargada en su teléfono móvil personal –que deben aportar a la actividad empresarial–, de manera que los clientes tengan conocimiento, en todo momento, del lugar en el que se encuentra su pedido.


El mencionado proyecto vulnera el derecho a la privacidad de los trabajadores, además la empresa no informó a los trabajadores de lo que se iba a hacer con sus datos personales, aparte de tener que aportar ellos mismos el teléfono móvil. Por lo tanto, el Proyecto ha sido declarado nulo por la Audiencia Nacional.

Claves jurídico-laborales

   -   Artículo 5.1 de la Ley orgánica 15/1999, de protección de datos.

   -   Artículo 64.5 del Estatuto de los Trabajadores, sobre la información y consulta previa.

Opinión personal

Creo que como bien establece la Audiencia Nacional, este Proyecto no debería estar permitido, ya que desde mi punto de vista esto supone una violación a la privacidad de los trabajadores, además del hecho de tener que aportar su propio móvil, cuando lo normal es que te den móvil de empresa.

A pesar de que hoy en día es difícil que tus datos no estén en internet, una apuesta por la privacidad por parte de la empresa sería de gran ayuda, teniendo en cuenta que hay otros métodos para observar por donde van los pedidos.

Si toda la vida se ha vivido sin tener este tipo de aplicaciones, ¿por qué no se puede continuar así?.

Noelia Sampedro Sequera (JS)




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