jueves, 14 de marzo de 2019

El TS suprime el valor liberatorio del finiquito cuando solo está firmado por el trabajador


Resumen:
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, STS 75/2019, de 30 de enero (rec. 4196/2016) dictamina que un finiquito firmado solo por el trabajador no vincula a la empresa, en tanto que solo contiene la declaración de voluntad del trabajador.

El litigio surgió a raíz de reclamar la empresa al trabajador demandado la suma correspondiente al reintegro de salarios abonados en exceso. Y la duda es cuál es el alcance vinculatorio del documento de saldo y finiquito firmado antes del acto del juicio.

En la instancia se declaró que la empresa carecía de acción por no haberse hecho en el finiquito salvedad alguna respecto del crédito que ahora se exige. Sin embargo el Supremo, con el voto discrepante de algunos de sus magistrados, da un vuelco a la sentencia anterior. Destaca que en el finiquito firmado no es la empresa quien lleva a cabo manifestación alguna tendente a darse por saldada de cualquier crédito que pudiera ostentar. Al contrario, el finiquito solo contiene declaración de voluntad del trabajador al ser únicamente éste quien declara su cese en la empresa y que considera satisfechos sus créditos frente a la empresa.

Por lo tanto, esto implica la estimación del recurso interpuesto por la empresa contra la sentencia que declaró su falta de acción, dejando imprejuzgada la cuestión de fondo, y obliga a devolver las actuaciones para que se dicte sentencia sobre el fondo, es decir, si procede que el empleado devuelva la cuantía salarial abonada en exceso o no.

Claves jurídicas
Sala de lo Social del Tribunal Supremo, STS 75/2019, de 30 de enero (rec. 4196/2016)

Opinión personal

En mi opinión y tras leer detenidamente la sentencia considero que el fallo no es unánime al contar con el voto particular de cuatro magistrados que se inclinan por la tesis de que en la medida en que el documento de "liquidación y finiquito" fue redactado por la empresa. 
En conclusión, creo que todo esto se ha debido a un error en su empleado que entendía que con la firma de ese documento antes del juicio quedaban saldadas todas las deudas salariales. Sostienen que era de fácil resolución porque es un documento que redacta la empresa y que dice que liquida y finiquita el contrato, expresión que parece referirse a todos los créditos a favor y en contra de las partes que no se excluyan por quien hace la liquidación.

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