domingo, 31 de diciembre de 2017

Claves del calendario laboral: quién, cómo y cuándo

Claves del calendario laboral: quién, cómo y cuándo

Resumen:

En estas fechas, muchas empresas están en pleno proceso de elaboración de los calendarios laborales. Y son muchas cuestiones las que se plantean, pues elegir las fechas de descanso está sujeto a las directrices de la compañía y a la negociación con los trabajadores.La negociación previa es preceptiva, los representantes han de ser consultados y deben emitir un informe antes de que se publique el calendario de la plantilla, pero en caso de no llegarse a ningún acuerdo, la última palabra siempre la tendrá el empresario en virtud de su poder de dirección.Téngase en cuenta que no es obligatorio que en el calendario se incluya el horario o los turnos, ni tampoco las áreas en las que se va a destinar diariamente a cada trabajador, pues aunque es importante la conciliación familiar, exigir que todos estos aspectos queden fijados anualmente supondría limitar las facultades de organización empresariales. 
Claves jurídicas:
Artículo 38 se declara que las vacaciones han de ser fijadas de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, y que éste ha de conocer las fechas que le corresponden como mínimo con dos meses de antelación al comienzo del disfrute.

Opinión personal. 

Es muy importante que se concreten cuando tendrán el derecho y el disfrute de las vacaciones los trabajadores. Así sabrán como coordinarse su vida social,familiar. Tan que sea una medida de protección que no se pueden compensar con dinero sino que sea "obligatorio" el disfrutarlas. 

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