https://elpais.com/economia/2017/06/26/mis_derechos/1498481278_849380.html
Resumen:
Muchas empresas como consecuencia de la crisis abusan de los jóvenes preparados que terminan sus estudios o aprobechan una pausa estival como el verano para tener el primer contacto con el mundo laboral y los contratan como becarios y de forma ilegal realizan tareas cualificadas por un sueldo mísero y jornadas laborales excesivas y amparadas por una normativa muy dispersa.
Las más habituales son las que se derivan de las universidades que acuerdan con empresas un periodo de practicas para sus alumnos o para las que se realizan prácticas en propias universidades y AP para formación profesional, empleo o programas de cualificación profesional para alumnos mayores 16 alcancen la ESO conocidas como prácticas curriculares aunque tambien caben las conocidas como extracurriculares que pueden realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación no siendo parte del plan de estudios no teniendo que ser remuneradas.
En el caso que sean remuneradas ya sea en dinero o especie (gastos de comida, transporte o similares) se debe dar de alta en la seguridad social al becario y tienen estos ciertos derechos como que la práctica sea tutelada por un profesor universidad o profesional de la empresa o entidad donde esten siendo realizada, evaluación conforme a los criterios establecidos a través de un informe, percibir retribución acordada, recibir información sobre seguridad y prevención de riesgos laborales en la empresa además de todos los establecidos a través del convenio con la universidad o convenio colectivo que regule la relación.
Claves jurídico-sociales de la noticia:
La normativa que regula la figura de los becarios en la empresa es muy dispersa entre ellas podemos encontrar algunas como:
* Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
* RD 1845/1994, de 9 de septiembre, por el que se actualiza el RD 1497/1981, de 19 de junio, sobre programas de cooperación educativa (BOE 18-10-1994).
Valoración personal:
Las becas son una forma correcta y excelente de adquirir experiencia siempre se realicen de forma legal y pueden ser dependiendo del lugar donde se hagan un "privilegio" incluso una oportunidad para acceder de forma permanente al mundo laboral pero por ello el legislador tiene la obligación de crear una normativa que de seguridad tanto a becarios como empresas.
Autoría: José Manuel Carrillo Jiménez (DTA)
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