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Resumen
El
empresrio tiene una serie de prestaciónes en materia de desempleo,
entre las que destacan la cotización, debe de proporcionar los
documentación pertinente y necesaria para proceder al
reconocimiento,
suspensión, extinción o reanudación del derecho a las
prestaciones, al igual que la entrega del certificado de empresa.
Si
la empresa hubiese incumplido sus obligaciones, está obligada a
abonar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), al igual que
los empresarios tienen la obligación de proceder al pago delegado de
las prestaciones por desempleo. En el caso de que el trabajador
despedido haya sido readmitido, el empresario tiene que comunicarlo
al SEPE en el plazo de de cinco días.
Claves jurídico
laborales en cuestión
Estatuto
de los Trabajadores, Prestaciones por desempleo, Derecho laboral,
Desempleo, Empresarios, Condiciones trabajo, Trabajo,
Responsabilidad.
Valoración
personal
Es
bueno mencionar y contrastar la informarción con el ejercicio del
fraude en las prestaciónes por desempleo, lo que se conoce a pie de
calle como cobrar prestaciones y trabajar en negro.
Muchos estudios intentan encriminar a los desempleados, a los que en
vez de ver como víctimas de la situación económica se les intenta
corresponsabilizar de la misma.
Pero es cierto que contra
el fraude hay que ser implacable, porque los derechos de las personas
y los sistemas de protección social se debilitan gravemente si los
defraudadores superan determinados límites, como ocurre en España
con las obligaciones fiscales.
David Arenas Martínez (DTA)
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