domingo, 17 de diciembre de 2017

¿Cuáles son las obligaciones de los empresarios en materia de prestaciones por desempleo?

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Resumen

El empresrio tiene una serie de prestaciónes en materia de desempleo, entre las que destacan la cotización, debe de proporcionar los documentación pertinente y necesaria para proceder al reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del derecho a las prestaciones, al igual que la entrega del certificado de empresa.

Si la empresa hubiese incumplido sus obligaciones, está obligada a abonar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), al igual que los empresarios tienen la obligación de proceder al pago delegado de las prestaciones por desempleo. En el caso de que el trabajador despedido haya sido readmitido, el empresario tiene que comunicarlo al SEPE en el plazo de de cinco días.

Claves jurídico laborales en cuestión

Estatuto de los Trabajadores, Prestaciones por desempleo, Derecho laboral, Desempleo, Empresarios, Condiciones trabajo, Trabajo, Responsabilidad.

Valoración personal

Es bueno mencionar y contrastar la informarción con el ejercicio del fraude en las prestaciónes por desempleo, lo que se conoce a pie de calle como cobrar prestaciones y trabajar en negro. Muchos estudios intentan encriminar a los desempleados, a los que en vez de ver como víctimas de la situación económica se les intenta corresponsabilizar de la misma.

Pero es cierto que contra el fraude hay que ser implacable, porque los derechos de las personas y los sistemas de protección social se debilitan gravemente si los defraudadores superan determinados límites, como ocurre en España con las obligaciones fiscales.

David Arenas Martínez (DTA)

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