RESUMEN:
La patronal de las empresas de trabajo temporal, Asempleo, y los sindicatos UGT y CC OO firmaron el pasado viernes, día 19 de octubre, el primer convenio colectivo que recoge la subida del salario mínimo de hasta 14.000 euros anuales en 2020, vigente desde 2018 hasta el 31 de diciembre de 2020.
La subida se acerca al 6% cada año hasta llegar a los 14.00 euros anuales en 2020 para los trabajadores del grupo 1 y 2.
Para los grupos 3 a 7 el acuerdo establece un aumento salarial del 3,75% en 2018, del 3% en 2019, del 2,25% en 2020 y del 0,25% a 1 de diciembre de 2020.
Además, dicho convenio establece dos permisos adicionales para los trabajadores con 12 meses o más de antigüedad, por hijo a cargo con diversidad funcional vigente igual o superior al 33%, el trabajador tendrá un permiso retribuido de 20 horas anuales por motivos justificados así como para acompañamiento de familiares de primer grado de consanguinidad a sesiones de tratamiento de radioterapia y/o quimioterapia, el trabajador tendrá derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales.
CLAVES JURÍDICAS:
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Ártículos 11.2.g), 27, 32 y 33)
- Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
OPINIÓN:
Bajo mi punto de vista, es una medida adecuada, ya que facilitarán en gran medida, económicamente hablando, la vida de estos trabajadores y tendrán mayor poder adquisitivo.
María Teresa Badillo López (DTA)
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