https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/09/25/legal/1537884462_315304.html
RESUMEN: Una empleada se encuentra de baja desde noviembre hasta principios de enero. Cuando termina la baja, pide a la empresa los días que le corresponden con las vacaciones de navidad. La empresa decide negárselos, fundamentando que las vacaciones para días concretos sólo pueden ser disfrutadas en esos días. La empleada acude a los tribunales, que le acaban dando la razón.
CLAVES JURÍDICAS: La Sala de lo Social del Tribunal Supremo dicta una sentencia a través de la cual establece que las vacaciones de navidad pueden disfrutarse en otra época cuando el empleado se encuentre de baja durante este periodo.
VALORACIÓN PERSONAL: Me parece correcto la decisión de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. Considero injusto que un trabajador, por encontrarse de baja (situación que en muchas ocasiones limita el total disfrute de la persona), pierda días de vacaciones que debería haber disfrutado (en plenitud física o psíquica).
JUAN CARLOS NIETO MOLERO
DERECHO 3º TARDES
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