martes, 30 de octubre de 2018

LAS VACACIONES DE NAVIDAD PUEDEN POSPONERSE SI COINCIDEN CON UNA BAJA


LAS VACACIONES DE NAVIDAD PUEDEN POSPONERSE SI COINCIDEN CON UNA BAJA

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RESUMEN
Las vacaciones de navidad que se encuentren establecidas en el contrato laboral, se podrán disfrutar en otra fecha en caso de que el trabajador se encuentre en baja en ese momento.
El Supremo ha unificado el tratamiento que hay que dar a los días de descanso que superan el mínimo legal y ensalza que todos los días definidos como vacaciones en el contrato laboral han de ser tratados de la misma manera. También hay que añadir que no cabe inferir que dentro de las vacaciones, existan dos modalidades distintas, puesto que lo que hace la legislación es remitir el acuerdo laboral para determinar la duración de las vacaciones, con la única condición de que se respete un mínimo de 30 días naturales.



COMENTARIO
En esta noticia debemos entender que podrá disfrutar de sus vacaciones siempre y cuando no se pasen más de 18 meses de baja laboral a partir del año en que se originó. Por tanto como en esta noticia la baja laboral se produjo antes de iniciar las vacaciones de navidad, la ley protegerá los derechos de los trabajadores, ya sea la incapacidad temporal previa o simultánea a las vacaciones, pero siempre con el plazo de 18 meses que he comentado como límite.




CLAVES JURÍDICOS-LABORALES
TSJ de Cataluña, sentencia de mayo de 2011


FRANCISCO JAVIER LÓPEZ LÓPEZ (DTA)

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