miércoles, 31 de octubre de 2018

Llegar a trabajar antes de la hora no justifica el despido por " falta de puntualidad".

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RESUMEN

Llegar antes de la hora convenida  al trabajo no supone un perjuicio para la empresa. Por eso, el TSJ de Madrid se ha manifestado para anular el despido de una empleada por llegar antes a su trabajo.  Sería sancionable en el supuesto caso de que el empleador no se encontrase en su trabajo en el momento en el que comenzaría  la jornada.   Así como también, la reducción de jornada no debe confundirse con la concesión de un horario flexible, ya que el primero es un derecho y el segundo recae en la decisión de la empresa de concedérselo  o no.

CLAVES JURÍDICAS

Despido improcedente( art. 56 ET)


VALORACIÓN JURÍDICA
Hoy en día y desgraciadamente, se siguen produciendo despidos improcedentes sin causas objetivas, en las que el empresario se aprovecha de una supuesta ineptitud del trabajador  para deshacerse de él, cuando no es así. El problema surge cuando puede probarse la existencia de una discriminación, en cuyo caso podría ser considerado nulo, con las consecuencias que ello conllevaría. Los tribunales han considerado la enfermedad común como algo que puede afectar a todo el mundo, por lo que no había discriminación y el despido podría ser calificado como improcedente.







JUANA MARÍA SOLA ZAMORA( DTB)


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