La justicia da la razón a un repartidor de Deliveroo: es un falso autónomo
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Resumen:
Una sentencia del juzgado de lo Social número 6 de Valencia ha fallado que un repartidor de Deliveroo, la empresa digital de reparto de comida a domicilio, no era un autónomo sino un asalariado. La juez estima parcialmente la demanda de un trabajador que fue despedido por Roofood Spain, razón social de Deliveroo, y falla que esa rescisión fue improcedente. No obstante, para llegar a este punto la sentencia califica la relación entre ambas de laboral y no civil, como pretende la empresas. Esto tiene una traducción clara: los riders son falsos autónomos. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Claves jurídicas:
Artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores
Valoración personal:
Éste no es más que otro caso en el que una empresa actúa en fraude de ley dando de alta a un trabajador en el régimen especial de trabajadores autónomos con el objetivo de evadirse de los costes que le supondría darle de alta como trabajador por cuenta ajena, hecho que se conoce como la figura del falso autónomo.
El fallo de la sentencia me parece muy acertado, pues como bien indica la decisión judicial, el trabajador de Deliberoo reunía las características típicas de una relación laboral, estas son: voluntariedad, ajenidad, dependencia y remuneración.
José María Cobo Ríos AYTA
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¿Y en cuanto a esta sentencia? STS n. 39 Madrid, 284/2018, 3 de septiembre? Realizando la misma función, la sentencia dicta que son autónomos económicamente independientes.
ResponderEliminar-Mari Carmen Aguilera Rojas, grupo B.