miércoles, 13 de febrero de 2019

Conocimiento de la Jurisdicción Social

https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1180166

Corresponde a la Jurisdicción Social conocer de la reclamación de cantidad derivada del despido adoptado en el seno de un proceso concursal frente a empresas concursadas y no concursadas


Como hablamos en la pasada clase, a veces, los jueces deben conocer de más materias de las que les compete, y aquí tenemos un caso, el mismo que vimos en clase. No sólo debe conocer el juez mercantil sobre la materia concursal, si no que también debe hacerlo el juez de lo social.

Se discute en el presente pleito si corresponde a la Jurisdicción Social o al Juez de lo Mercantil solventar la reclamación de indemnización instada por los trabajadores recurrentes que fueron despedidos en el seno de un proceso concursal.

Elena Pradas Padilla- Jurisdicción Social

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