Resumen de la sentencia.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea defiende que el no disfrutar las vacaciones pagadas no supone automáticamente su pérdida ni la de la compensación económica en caso de extinción del contrato.
Según la sentencia se explico que un trabajador no puede perder automáticamente su derecho a vacaciones anuales retribuidas por no haberlas solicitado, salvo si el empresario demuestra que sabía de su derecho y podía ejercerlo y aún así no lo hizo.
En este último caso, si el trabajador se abstuvo "deliberadamente" de tomar vacaciones, las normas europeas no se oponen a que pierda su derecho a las mismas o a la compensación económica que le hubiera correspondido si su contrato ha terminado.
Esta sentencia tiene que ver con dos casos de dos ciudadanos alemanes. El primero realizó un periodo de prácticas durante el que no tomó vacaciones retribuidas y a su término solicitó una compensación económica por los días no disfrutados, que le fue negada por el empleador.
Ambos recurrieron ante tribunales alemanes que plantearon la cuestión al TJUE.
Este defendió que el no disfrutar las vacaciones pagadas no supone necesariamente su pérdida ni la de la compensación económica en caso de extinción del contrato.
Además, el TJUE añadió que el trabajador sólo puede perder estos derechos si el empresario le ha permitido, informándole de manera adecuada, tomar los días de vacaciones en tiempo útil, algo que tiene que ser probado por el empresario.
Claves Jurídicas.
-Artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003.
-Sentencia del TJUE del 6 de noviembre de 2018.
Valoración personal.
Estoy totalmente de acuerdo con el fallo de esta sentencia. Es algo evidente que el periodo de vacaciones que tiene un trabajador siempre debe tenerlo a su disposición, aunque este no notifique cuando quiere emplear su uso. Es un derecho para todos los trabajadores esas vacaciones, da igual su duración, pero tiene que tenerlas, a no ser que renuncia por motivo propio al emplearlas en trabajo útil como señala la sentencia. El recurso esta bien empleado ya que es bastante injusto que un empleado pierda sus vacaciones solo porque no ha podido o no ha querido emplearlas todavía.
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Informa Miguel Vílchez Moral (JS).
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