RESUMEN
El Tribunal Superior de Justicia compara su participación en el programa como la actuación de un actor.
Ha declarado como relación laboral la participación de un concursante en un reality show, y en consecuencia, la productora deberá indemnizar la rescisión del contrato como si fuera un despido.
CLAVES JURÍDICAS
Sentencia 429/2018, de 16 de julio. Tribunal Superior de Justicia de Madrid
OPINIÓN PERSONAL
Pienso que comparar a un concursante con un actor es exagerar, pero si técnicamente lo considera así la RAE y se basan en esa valoración, podría ser en esa parte justo. A pesar de que en los concursos se gana dinero, no pienso que sea equiparable a una relación laboral.
ANTONIO EXPÓSITO JIMÉNEZ (JS)
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