El asesinato de un hombre en su trabajo, considerado accidente laboral.
A sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha considerado como accidente laboral el asesinato de un hombre en su lugar de trabajo. Este fallo confirma la sentencia del juzgado de lo social número 1 de Almería que concluyó que el asesinato del hombre en el semillero en el que trabajaba guarda relación con el trabajo para valorar la pensión de su viuda.Los hechos ocurrieron en 2015 en Níjar (Almería), cuando un hombre asesinó a su mujer y después acudió al semillero donde trabajaba el difunto y le disparó hasta matarlo. La sentencia de primera instancia concluía que "el hecho causante se debe a la existencia de la culpa criminal de un tercero guardando relación con el trabajo y, por tanto, debe ser considerado como derivado de contingencia profesional porque en el momento del fallecimiento se encontraba en su centro de trabajo realizando labores de regado de plantas siendo la esposa del autor del asesinato trabajadora de la empresa demandada y habiendo sido presionado el finado en varias ocasiones para que la despidiera".
CLAVES JURÍDICAS
- artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social
- Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
OPINIÓN PERSONAL
Bajo mi punto de vista esto se lleva a un extremo que yo no había visto antes y me deja impactada la noticia. Por el simple hecho de que la víctima y el supuesto asesino tiene relación con el trabajo lo ha llevado por la vía laboral.
MARÍA DEL CARMEN ALCÁNTARA LÓPEZ.
3ºCURSO RRLLYRRHH (JURISDICCIÓN LABORAL)
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