El TSJ de Aragón da la razón a la Abogacía sobre los gastos reales de funcionamiento del Turno de Oficio
Resumen:
Esta noticia, nos habla de la reforma de la sentencia 30/2019 dictada el pasado 30 de enero de 2019 por la que estima parcialmente el recurso interpuesto por el Colegio de Abogados de Zaragoza aunque esta sentencia aún no es firme ya que cabe recurso de casación.
Claves jurídicas:
- Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha dictado la sentencia 30/2019 de fecha 30 de enero de 2019 (Rec. 341/2016)
- se anulan:
- El apartado once del artículo único del Decreto 161/2016 por el que se modificó el artículo 52 del Decreto 110/2014, de 8 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- El apartado primero del nuevo artículo 52.bis del anterior Decreto, introducido por el apartado doce del Decreto impugnado.
- El apartado quinto de la Orden PRE/1856/2016, de 19 de diciembre, exclusivamente en cuanto que deroga el módulo 10 previsto en el Anexo de la de 30 de diciembre de 2014, para compensar a los colegios de abogados por gastos de funcionamiento e infraestructura.
Opinión:
En mi opinión, aunque aún se estén estudiando las posibles contradicciones que pueden ocurrir en esta reforma de la sentencia. Me parece una sentencia acertada ya que dicha sentencia resulta satisfactoria para los intereses colegiales y reafirma las razones que motivaron la interposición de dicho recurso.
Raquel López Ungo (JS)
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