Resumen de la noticia
La Seguridad Social aplica una penalización de hasta un 20% para los autónomos que se retrasan en sus cuotas. El tipo de cotización durante 2019 será del 30%, ya que hay conceptos nuevos como la cotización por contingencias profesionales, cese de actividad y FP.
Las penalizaciones son: Si te retrasas, pero abonas la cuota al mes siguiente del impago, te aplicarían un recargo del 10% sobre la cuantía, y si te retrasas y abonas la cuota a partir del segundo mes natural, el recargo se incrementaría hasta el 20%.
Si existe una reclamación de deuda o acta de liquidación, emitida por la SS, te aplicarían un 20% de penalización si pagas las cantidades en el plazo establecido y se elevaría hasta el 35% si se realizase el ingreso fuera de plazo.
Claves jurídicas
Régimen Especial para Trabajadores Autónomos (RETA).
La Ley del Autónomo
Seguridad Social.
TGSS
Valoración personal
Todos los autónomos están obligados al pago de la cuota en la Seguridad Social, desde su inicio hasta su cese. Los trabajadores autónomos están obligados a domiciliar sus cuotas y TGSS, a finales de mes, realizará el cargo correspondiente. En mi opinión si existe algún imprevisto que te impida hacer frente a la obligación de pago de cuotas dentro del plazo establecido, me parece bien ( A no ser por fuerza mayor) que se penalice, según lo que se retrase, es decir, más tardas, más pagas, ya que abonarlo es una responsabilidad y éstas tienen unas consecuencias.
RRLL&RRHH
Laura López Medina
JS.
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