domingo, 3 de diciembre de 2017

Multas para el autónomo que tiene trabajadores sin contrato

Multas para el autónomo que tiene trabajadores sin contrato


RESUMEN

Los trabajadores por cuenta propia que no tengan un contrato formalizado con el trabajador por cuenta ajena a su cargo, se enfrentan a penas de entre 3.126 euros y 10.000 euros y, entre 3 años y 10 años de cárcel. Además, el empresario deberá abonar todas las cuotas a la Seguridad Social impagada, podrá perder las ayudas públicas que se le hayan concedido y tener prohibido acceder a bonificaciones durante dos años.

CLAVES JURÍDICO-LABORALES

Autónomos, Seguridad Social, Contrato, Fraude.

VALORACIÓN PERSONAL

El hecho de que haya tantos trabajadores por cuenta propia sin estar dados de alta en la Seguridad Social, no sólo le afecta a ellos, al empleador por las sanciones que recaerán sobre él y al empleado, a parte de la pena de prisión, el hecho de que en un futuro no tendrá derecho a una pensión por jubilación o tampoco si sufre algún accidente o enfermedad laborales, sino también al resto de la sociedad puesto que ese dinero tampoco irá para las pensiones por desempleo.


RUTH ORTEGA DELGADO (AYTA)

2 comentarios:

  1. Desde mi punto de vista, debería estar penado de forma más dura. Porque a pesar de ser un delito en nuestro país, están juego la vida de trabajadores, que como les pase algo en horario laboral, no pueden hacer nada, para reclamar al empresario, es decir, no tienen ninguna protección. Cero. Además, de cometer un fraude a la Seguridad Social. De todo esto, la conclusión es negativa, pero siempre sale perdiendo el trabajador, y el empresario ganando. Es lo que se llama como economía sumergida, en el caso de que pague el salario (obviamente bajo) al trabajador sin contrato. Pero afecta, tanto al trabajador como a la sociedad, ya que no cotiza y eso se verá reflejado en las pensiones, pues en un futuro la situación respecto a las pensiones será mínima y desastrosa.
    Autoría: ANA MARÍA SEÑORET MAÑAS (DTB)

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  2. Estoy de acuerdo en los comentarios de mis compañeras, la situación irregular de alta tanto de autónomos como de trabajadores por cuenta ajena tiene consecuencias negativas en todos los ámbitos.
    A nivel personal, los trabajadores quedan desprotegidos frente a un accidente laboral, no teniendo derecho a percibir una prestación por IT, eliminando completamente los ingresos domésticos. Además en el caso de fallecimiento el cónyuge no cobraría una pensión de viudedad. Igualmente en caso de despido se pierde la indemnización del empresario y el derecho a cobrar una prestación por desempleo.
    Socialmente, el estado de bienestar se tambalea pues las arcas del Estado se ven afectadas. Esto se refleja en la jubilación, la realización de infraestructuras, las becas que permiten la formación de profesionales o las prestaciones sociales.
    Otro ámbito afectado son las condiciones laborales, pues las empresas al contar con exceso de población activa y demandante de empleo pueden permitirse bajar los sueldos y empeorar los derechos de sus trabajadores. Si no lo haces tú lo hará otro por el mismo precio o más barato, como decía Karl Marx, al capitalismo le interesa tener un “ejército de reserva”.
    Pero en mi opinión la economía sumergida tiene un lado positivo, en situaciones de recesión económica, permite a muchas familias tener ingresos para sobrevivir. Hay tres claves en este tema: empresas que se lucran de la necesidad de los desempleados para su propio beneficio, empresas que no tienen medios para hacer frente a tantos gastos, y trabajadores que se aprovechan de no cotizar para engordar sus salarios mensuales, aún sin tener en cuenta que les afecta tanto en el presente como en el futuro.
    La pregunta es si se puede elegir o no, pues en la mayoría de los casos hay ánimo de lucro, pero quizás en algunos no existe opción...

    CRISTINA TOLEDANO RAMA (AYTA)

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