Los contratos inferiores a una semana se han duplicado desde 2007.
https://elpais.com/economia/2018/09/14/actualidad/1536954583_597024.html
La mayoría de contratos que se firman en España son temporales; es más, en el pasado mes de agosto hubo alrededor de millón y medio de nuevos contratos de estas características; mucho de ellos no superaban los 7 días.
Tan solo el 10% de los contratos realizados en el mes de agosto fueron indefinidos.
El artículo recoge los testimonios de Lola Santillán, Secretaria de Empleo de CCOO, la cual afirma que lleva ya varios años denunciando que la recuperación económica que nos plasman es totalmente precaria. También ha querido resaltar que las grandes empresas han empezado a utilizar los contratos temporales para evitar así que los trabajadores creen derechos para ellos mismos.
Más tarde, comenta un enfermera, llamada Lucia, que la precariedad laboral existente en este país le afecta de primera mano, nos cuenta la situación que vive para poder trabajar en un hospital público: “He llegado a tener contratos de 10 días. Muchos de mis compañeros de la universidad también han vivido la misma situación”, afirma. “El verano representa una oportunidad para trabajar en los hospitales públicos, porque hay muchas sustituciones de verano, pero cuando se acaba ya no puedes hacer planes de futuro porque no sabes dónde vas a estar trabajando”
Para finalizar, un investigador de Fedea, Florentino Felgueroso, aboga por premiar a las empresas que no utilicen de forma indiscriminada la contratación temporal con una rebaja de impuestos y penalizar fiscalmente a las que abusen de estos contratos.
Para comenzar, debemos explicar que contrato temporal, es aquel que tiene por objeto el establecimiento de una relación laboral entre empresario y trabajador por un tiempo determinado. El contrato de trabajo temporal podrá celebrarse a jornada completa o parcial.
Existen varios tipos (3) de contratos temporales: el contrato de obra y servicios, el contrato eventual por circunstancias de la producción y por ultimo, el contrato por sustitución.
De estos pueden extraer varios beneficios y varios inconvenientes:
Beneficios: posible primer contacto con el mundo laboral, se adquiere experiencia, oportunidad de aumentar contactos profesionales y se puede formar parte de la plantilla con suerte y tiempo.
Inconvenientes: inestabilidad laboral, insatisfacción personal, corta experiencia y precariedad laboral.
Para mí, los contratos laborales temporales tienen muchas mas desventajas que beneficios, provoca inestabilidad en el mundo laboral y provoca que los trabajadores mas/menos cualificados pueden trabajar dignamente. Una de las propuestas para evitar dichas situaciones sería; combatir la temporalidad con una subida a la cotización de los contratos temporales y más inspecciones por parte de la Administración.
Alberto Romero López Grupo de tardes 3ero Derecho del Trabajo (DTB)
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