Cómo asegurar la validez de los Whatsapp en un juicio
Resumen de la Noticia
Los procedimientos judiciales
no son ajenos a la colonización que las nuevas tecnologías han hecho de todos
los ámbitos de la vida personal y laboral. En consecuencia, los juzgados han
tenido que adaptarse a tratar con pruebas cuyo contenido son comunicaciones
realizadas a través de redes sociales y sistemas de mensajería instantánea y
que, en muchos casos, son determinantes para resolver un litigio en un sentido
o en otro.
De entre todas las aplicaciones que canalizan las nuevas formas de comunicarse, Whatsapp es la más empleada por los españoles. En este contexto, resulta fundamental que los abogados sepan cómo aportar al procedimiento los comentarios, archivos o fotografías enviados por Whatsapp y que pueden constituir una prueba esencial para la pretensión de su cliente, de tal manera que el juez o tribunal le otorguen validez y no pueda ser impugnada eficazmente por la contraparte.
Claves Jurídicas
Jurisdicción Social, Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, TSJ, Redes Sociales.
VALORACION PERSONAL
Esta noticia me ha parecido muy interesante, ya que en la época en la cual vivimos con las nuevas tecnologías, redes sociales, mensajería, etc... éstas son ya parte de nuestra rutina diaria, y a su vez, sin darnos cuenta, pueden ser parte fundamental a la hora aportar información a un procedimiento por parte de los Abogados o Graduados Sociales en un Juicio, pudiendo constituir una prueba esencial para la resolución final del mismo.
Realmente donde podemos encontrar la problemática de la validez de estos archivos, comunicaciones, conversaciones, etc, por parte de los Jueces y Tribunales radica en el "artículo 90.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social donde se advierte de que no serán admitidas las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, mediante procedimientos que supongan una violación de derechos fundamentales", he aquí la cuestión, saber cómo aportar estas pruebas; y me remito a lo que comenta el Jurista Vidal que recomienda “adoptar medidas de aseguramiento de prueba”. Entre ellas, aportar el terminal al letrado de la Administración de Justicia o un notario para que levante acta de su contenido, los números de teléfono involucrados y la hora y la fecha de la conversación. Además, en caso de sospechar la impugnación de la contraparte, ve necesario reforzarse con una pericial informática, testificales que ratifiquen el contenido de los mensajes o solicitar la prueba del reconocimiento judicial.
Pedro Novoa Camúñez (JS)
No hay comentarios:
Publicar un comentario