Prestación por maternidad, ¿exenta o sujeta al IRPF?
RESUMEN: La decisión de si la prestación de maternidad ha de estar
sujeta al IRPF está ahora en manos del Tribunal Supremo a la espera de la
sentencia del Alto Tribunal que va a unificar el criterio
sobre este asunto.
El tribunal
El Alto Tribunal ha admitido a trámite el
recurso de casación que pretende resolver esta contradicción existente. El tribunal andaluz razona
que la finalidad de la prestación por maternidad es sustituir la
retribución normal que la beneficiaria percibiría por su trabajo de no haber
causado baja por maternidad. Por lo tanto, si el salario por el
puesto laboral habitual está sujeto al IRPF, también debería estarlo la
prestación.
Por otro lado, el TSJ de Madrid se ha pronunciado a favor de la extensión a
través de varias sentencias entre las que destacan las dictadas con fecha 6 de
julio de 2016 y 29 de junio de 2017.
El ART 7 de la Ley IRPF sostiene que dicha consideración es
plenamente acorde con el principio de igualdad recogido por el ART 14 de la Constitución Española
CLAVES JURÍDICAS: ART 7 de la Ley de IRPF y ART 14 de la Constitución Española
RESUMEN: en mi opinión la prestación por maternidad no debería de estar sujeta al IRPF puesto que es una situación delicada al igual que las prestaciones por parto, adopción o maternidad y deberían de realizarse de igual manera e intentar ayudar de alguna manera.
http://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/12796-prestacion-por-maternidad-iquest;exenta-o-sujeta-al-irpf/
GUILLERMO TAMAYO MILLÁN
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