Nueva sentencia a Correos por el despido
"improcedente" de un cartero enfermo
Resumen: Correos procedió al despido de uno de sus
trabajadores por ‘’ausencia’’ en el puesto de trabajo cuando el trabajador se
encontraba siendo asistido por la unidad de salud mental de Alicante. Es por
ello, que tras una demanda tramitada por el Sindicato Solidaridad Postal, se
declara nulo el despido.
Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
jurisdicción social
Art. 56 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre
Opinión personal: Antes de realizar un despido, cualquier
empresa, debería de asegurarse de los motivos para realizar esta acción con un
trabajador. Es por ello, que ante una situación así, en la que el trabajador
estaba siendo atendido por los servicios de salud mental por depresión grave,
la empresa, en este caso Correos, debería de haber tenido en cuenta la
situación personal del trabajador.
Alejandro Peragón Moreno (JS)
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