sábado, 31 de marzo de 2018

Los permisos de matrimonio, nacimiento y fallecimiento no computarán en días no laborables

Los permisos de matrimonio, nacimiento y fallecimiento no computarán en días no laborables


Resumen
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, tras un recurso interpuesto por CGT contra la Asociación de Contact Center Española (ACE), la patronal que negoció el convenio colectivo, ha dictaminado que los permisos retribuidos por matrimonio, nacimiento de un hijo o fallecimiento de un familiar empezarán a contarse a partir del primer día laborable del hecho en sí, aunque este suceda en jornada festiva.

Claves jurídico laborales
STS 145/2018, Sala de lo Social, de 13 de febrero de 2018,, rec. núm. 266/2016
Real Decreto Legislativo 2/2015 (TRET) artículo 37.3
Resolución de 12 de julio de 2012 (Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de contact center) artículo 28.1 a), b) y d)

Valoración personal
La decisión judicial me parece muy acertada, ya que la sentencia ha introducido importantes cambios en  la  interpretación  que  hasta  ahora  se venía realizando sobre la aplicación efectiva de las licencias retribuidas.  
José María Cobo Ríos (JS)

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