Las ausencias reiteradas al trabajo no siempre son causa de despido
Resumen:el trabajador que se ausente reiteradamente de su puesto de trabajo o que no justifique sus ausencias no siempre es motivo de despido. Y es que como recoge una resolución del pasado mes de marzo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia si bien corresponde al trabajador justificar ante la empresa sus ausencias, recuerda también que el despido debe ser por su gravedad y trascendencia la última sanción aplicable. De modo que su adopción debe regirse por los principios de proporcionalidad y adecuación, siendo necesaria la individualización de cada caso de sus circunstancias e intención del infractor para determinar que se ha producido una infracción de máxima gravedad. Dejando de ser sancionable si queda justificada parte del trabajador en base a una causa real de justificación y porque se avise a la empresa, preferentemente antes pero si no es posible, también cabe informar después de que se produzca la ausencia.
Claves jurídico-laborales: En este caso, el empleado despedido había faltado varios días al trabajo sin avisar previamente. Sin embargo, la falta de aviso estuvo motivada en cada ocasión: uno de los días era festivo, otros dos días su hija había sido hiospitalizada y por último requirió asistencia médica y se emitió su correspondiente parte de baja médica. Razones que según consideró el tribunal en su sentencia, tenían el peso suficiente para no calificar esas faltas al trabajo como una infracción grave.
Valoración personal: en mi opinión este tema es algo complicado, hay veces que es difícil saber cuando es o no justificado, pero debe de primar la presunción del trabajador y sus circunstancias, pero debe de justificarse lo antes posible y de la forma más adecuada.
CRISTINA PÉREZ ORZAES, DTB
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