miércoles, 22 de noviembre de 2017

UN TRIBUNAL ANULA UN CONVENIO COLECTIVO POR MACHISTA

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RESUMEN:

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) falla contra la diferencia entre el plus que cobran los camareros del hotel de las islas y, el de las limpiadoras, que es casi cinco veces inferior (diferencia abismal; plus de productividad de 139 euros al mes para el colectivo de mujeres (92%), y, plus de productividad para los hombres de 640 euros mensuales (85%)). Se ha declarado nulo el pacto laboral debido a esa desproporción en cuanto al cobro que perjudicaba a las trabajadoras con respecto a sus compañeros. Se estima parcialmente el recurso interpuesto por Comisiones Obreras (CCOO), ya que indica la discriminación entablada en el Convenio.

CLAVES JURÍDICO-SOCIALES DE LA NOTICIA:

La nulidad del Convenio, conllevaría a la vuelta al sistema de reparto de antiguas ordenanzas, aunque, según reconoce el fallo, sería declarado discriminatorio en la actualidad; con lo que la solución definitiva de este asunto debería resolverse en una mesa de negociación en la cual, se alcance un acuerdo no discriminatorio o, con sentencia del Tribunal Supremo.
Los Convenios Colectivos en los que se recoge esa brecha salarial entre hombres y mujeres, reflejada en los puestos de trabajo habituales que tanto ellos como ellas asumen en muchos hoteles, comienzan a correr peligro, tras el tenor del fallo dictado por el TSJC.

VALORACIÓN PERSONAL:

Debido a la arraiga desigualdad establecida en nuestra sociedad entre hombres y mujeres y la vulneración de derechos hacía este último colectivo, los Convenios Colectivos de muchos trabajos estipulan unas condiciones que son discriminatorias hacia las trabajadoras en cuanto a los trabajadores; ya que, realizando la misma función, sus salarios divergen. 
El último párrafo del apartado anterior lo menciono porque, ese mismo Tribunal que ha establecido el susodicho fallo, tiene que resolver otros dos recursos presentados por el sindicato, que en este caso, siguen afectando a hoteles de Canarias, en una práctica discriminatoria que los responsables de la CCOO han detectado en 37 de un total de 50 establecimientos turísticos analizados. Ésta sentencia, es un avance a la necesaria tarea de ir desenmascarando la multitud de casos que evidencian esa brecha salarial entre ambos géneros con la consecutiva corrección de los mismos.


AUTORÍA: MARÍA JOSÉ RUS TRIGO (DTB)

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