jueves, 30 de noviembre de 2017

Un chip para empleados o la aplicación del artículo 155 en las empresas: ¿que nos deparará el futuro de los Recursos Humanos?
RESUMEN:
Lamentablemente, en lagunas ocasiones la empresa se encuentra en la tesitura de imponer un «artículo» determinado a un trabajador, sea este del acervo popular, del Estatuto de los Trabajadores, o se encuentre recogido en el convenio colectivo, en muchos casos hay una falta de entendimiento entre el trabajador y el empresario, por lo que es conveniente que los departamentos de Recursos Humanos y los gerentes de las empresas conozcan perfectamente los derechos y obligaciones de los trabajadores, pero a su vez sepan hacer participes a sus trabajadores del proyecto común en el que todos se encuentran.
Del mismo modo que a los perros se les implantan microchips identificativos, se está comenzando a aplicar en los humanos, aunque de manera voluntaria. Esta técnica la están ofreciendo varias empresas, como por ejemplo una empresa de ThreeSquareMarket de Estados Unidos, que ha establecido un programa para colocar chips en sus empleados, consiguiendo publicitarse de manera gratuita en todo el mundo.
Estos chips son del tamaño de un grano de arroz y se colocan en la mano, entre el dedo índice y el pulgar, de esta manera se puede identificar por radiofrecuencia (RFID). Estos chipsson inalámbricos envían información cuando detectan que se ha mandado una petición. Es lo que se conoce como NFC.

CLAVES JURÍDICO LABORALES:
El art. 33 se conoce como aquel que determina las cosas de una manera sin alguna discusión. Esto viene del art. 22 del Fuero de los Españoles, una ley de la dictadura franquista que establecía que «el ejercicio de determinados derechos no podrá atentar contra la unidad espiritual, nacional y social de España».
De este artículo pasamos al art. 155 el cual es muy probable que pase al campo empresarial «si un empleado o conjunto de empleados, no cumplieran con las obligaciones o instrucciones impuestas por la dirección, o actuaren de forma que se atente gravemente contra el interés general de la empresa, la dirección de la compañía podrá adoptar las medidas necesarias para obligar al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general».
Sin embargo, para todos estos problemas que pueden surgir en la empresa, el poder de dirección el empresario se encuentra bien recogido en los artículos 1 y 5 del Estatuto de los Trabajadores, por lo que los trabajadores han de cumplir las órdenes del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.

Los responsables de Recursos Humanos y gerentes de las empresa tienen que mantener sus conocimientos actualizados, conocer las nuevas tendencias y los temas en donde pueden surgir más conflictos, motivos por los cuales el CEF.- pone a su disposición el Curso de Perfeccionamiento y Actualización en Recursos Humanos (RR.HH).

VALORACIÓN PERSONAL:
Estos chips que he mencionado antes pueden tener tanto ventajas como inconvenientes. Alguna de las ventajas, son que con ellos se podrán abrir puertas, hacer fotocopias, acceder a ordenadores, teléfonos o almacenar información médica.

En cambio, se trata de una tecnología que puede tener graves riesgos. No considero que sea muy bueno que los trabajadores lleven incorporado de manera permanente un chips en su cuerpo.

ROSARIO URBANO GARCÍA (DTB)

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